
Atletico Madrid's Argentine defender Nahuel Molina (R) leaves the pitch after being presented a red card during the Spanish League football match between Club Atletico de Madrid and Villarreal at the Wanda Metropolitano stadium in Madrid on August 21, 2022. (Photo by Thomas COEX / AFP) (Photo by THOMAS COEX/AFP via Getty Images)
El Atlético de Madrid presentó un recurso al Comité de Apelación por la sanción a Nahuel Molina de dos partidos y no estará en Anoeta. Un recurso al acta del colegiado del encuentro, De Burgos Bengoetxea en el que aseguraba el motivo de la expulsión. El motivo: “golpear con el brazo a un adversario en la cara sin estar el balón en juego, sin tener éste que ser atendido y pudiendo continuar el partido”. La RFEF asegura que el club colchonero interpuso «en tiempo y forma» el recurso de apelación para dejar sin efecto la sanción de dos partidos y poder contar con el argentino para el duelo en Anoeta.
AQUÍ | Resolución del Comité de Apelación
El problema surge en la forma del recurso, que acepta la Federación Española pese al error cometido por el Atlético. Un error por el que la Federación ‘castiga’ al club colchonero y desestima el recurso del Atlético de Madrid por Nahuel Molina. Y es que el Comité de Apelación asegura que aunque «parece referirse a la sanción impuesta a Nahuel Molina, el apelante hace referencia en el tercer párrafo de los hechos de su recurso, e entendemos que erróneamente» a Mario Hermoso. Es decir, el Atlético se equivocó de jugador y solicitó el recurso por Mario Hermoso en vez de por Nahuel Molina.
El Comité de Apelación afirma que «no existe referencia alguna ni en el acta ni en la resolución impugnada respecto a Mario Hermoso«. En este punto, la Federación da un tirón de orejas al club. Afirma que este recurso «debe ser considerado como un mero lapsus calami del Club solicitante, que en todo caso pretende discutir la sanción impuesta al jugador don Nahuel Molina Lucero«. Pese a todo esto, recibió el recurso del Atlético al Comité de Apelación por Nahuel Molina y reza: «Desestimar el recurso formulado por el Club Atlético de Madrid, confirmando el acuerdo impugnado que se contiene en la resolución del Comité de Competición«.